Degradación Forestal en Arroyo y Camping del Estado municipal

Desde nuestra Organización hemos recibido varias denuncias de vecinos de Punta Lara y otras Organizaciones como Siglo XXI atento los casos  de TALA INDISCRIMINADA y EXTRACCION de distintas especies arbòreas en 2 zonas de la Localidad de Punta Lara.


Una de las zonas afectadas  se refiere a la  deforestaciòn en las màrgenes del Arroyo El Gato, por parte de una empresa privada, en la zona del Diagonal 74 (que une La Plata con Punta Lara), las tareas de deforestaciòn  supera una extensiòn de 2 Kms lineales en ambas màrgenes y segùn estimaciones realizadas por la ONG dentro de las especies destruìdas se encuentran aproximadamente màs de 200 ejemplares de Ceibos y otros cientos de Tala.

La Limpieza del Arroyo puede realizarse sin destruir los ejemplares atento al serio deterioro que ya estàn ocacionando en la diversidad biològica del lugar. Pero tambièn hay que sumarle a esta acciòn un hecho alarmante ante los trabajos de limpieza del lecho del Arroyo desarrollado por la empresa y que habrìa que investigar en forma urgente por parte de las autoridades competentes ya que, según estudios realizados durante estos años, el arroyo posee sedimentos con Metales pesados y èstos al ser removidos con estos trabajos de limpieza del lecho, se estarìa perjudicando seriamente el recurso hidrico dispersandosè los metales pesados  aguas abajo pudiendo ocacionar un desastre.

El otro hecho sumamente preocupante  es la TALA INDISCRIMINADA que estàn llevando adelante en el ex CAMPING del Automovil Club, ubicado sobre el Camino Costanero de Punta Lara y ex calle 29, en este espacio de propiedad del Municipio ensenadense y que habrìa sido concesionado por un privado allegado al municipio, ya han afectado la integridad de los a`rboles existentes (aprox. 150 ejemplares) incumpliendo las legislaciones vigentes provinciales y municipales.

Estos hechos pueden ser calificados como aberrantes ya que estarían encuadrados en un claro hecho de delito ambiental atento la degradaciòn y destrucciòn que estàn llevando adelante de nuestro Medio Ambiente en general atentanto tambièn con lo establecido en el artìculo 28º de nuestra Constituciòn Provincial, cobijados en la impunidad reinante.

Se està evaluando que en las pròximas horas se realice alguna presentaciòn ya que como lo establece el artìculo 6º de la Ley 11723, ‘…El Estado Provincial y los Municipios tienen la obligaciòn de Fiscalizar las acciones antròpicas que puedan producir un menoscabo al ambiente, siendo responsables de las acciones y de las omisiones…’

VIOLAN LEGISLACIONES

Dentro de las Legislaciones que estàn incumpliendo y violando los responsables de estos hechos se pueden mencionar la Ley Provincial del Medio Ambiente 11723 y la Ley 12276 donde su artìculo 3º es claro al ‘prohibir la extracciòn, poda, Tala y daños de ejemplares del àrbolado pùblico, como asì tambièn cualquier acciòn que pudiera infringir algùn daño a los mismos…’, asimismo la Ordenanza Municipal de Ensenada 1446 en su artìculo 1º ‘Declara de Interès y utilidad pùblica mejoramiento, ordenamiento, ampliaciòn y recuperaciòn de todos los componentes de los espacios, reservas y del arbolado pùblicos, que forman parte del patrimonio municipal…’ y en el caso del Arroyo el gato estàn violando ademàs de las Leyes provinciales la Ordenanza  1829 que declara a las màrgenes de los Arroyos del Distrito como Areas Naturales Protegidas del Distrito.

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