Realizaron presentaciones por los continuos vuelcos líquidos sin tratamiento al arroyo El Gato por parte de privados y del propio Estado Provincial

Descarga de líquidos cloacales sin tratamiento en el arroyo El Gato

Descarga de líquidos cloacales sin tratamiento en el arroyo El Gato

Se realizaron presentaciones ante organismos provinciales para exigir el control y monitoreo de vuelcos líquidos ilegales al arroyo El Gato, donde no deja de sorprender el hecho de que a veces es el propio Estado el que lleva adelante los vuelcos sin tratamiento que nos contaminan.

Ante el cuadro de situación actual, desde Nuevo Ambiente se solicitó, en principio, la clausura de los piletones desde donde se descargan líquidos cloacales sin tratamiento, pertenecientes a ABSA, y que funcionan detrás del mercado Regional La Plata. Desde ese lugar se vienen descargando líquidos cloacales provenientes de la zona de Tolosa y Ringuelet.

Asimismo, se exige al Servicio Penitenciario Provincial la construcción de plantas de tratamiento de los residuos cloacales de la cárcel de Olmos, la cual —según denuncias recibidas por nuestra Organización— también vuelca libremente y sin tratamiento sus desechos a uno de los brazos del arroyo El Gato. Esto sin perjuicio de que se deba controlar también cualquier otro establecimiento público y/o privado que vierta estos líquidos al arroyo.En las ùltimas horas, Nuevo Ambiente realizó una presentación formal ante el Organismo Provincial de Desarrollo Sostenible (OPDS) y ante la Defensoría del Pueblo de la Provincia —dado que la autoridades provinciales deben velar por el cuidado de nuestro ambiente—, a fin de que impongan plazos para que los responsables de los establecimientos apuntados que no posean plantas de recuperación y tratamiento de sus residuos líquidos ubicadas en cercanías del arroyo El Gato, comiencen a construir sus plantas de tratamiento.

Aunque también existen otras empresas privadas que vuelcan sus residuos líquidos, como la ubicada en Camino Centenario, ya no tienen más excusas para no construir plantas de tratamiento. Algunos emprendimientos, cuando se les exigen estas infraestructuras, ponen como excusa que las fuentes de trabajo pueden peligrar, pero la realidad indica que vienen contaminando nuestros arroyos desde hace más de 10 años y en consecuencia degradan la calidad del agua que consumimos miles de habitantes de esta Región.

Con estas irregularidades existen incumplimientos legales, como el del Código de Aguas de nuestra provincia cuando establece en su Artículo 104º que:

Las sustancias, los materiales y la energía susceptibles de poner en peligro la salud humana o de disminuir la aptitud del agua para satisfacer los usos, no podrán introducirse en el agua ni colocarse en lugares de los que puedan derivar hacia ella…

…debiendo la Autoridad del Agua, entre algunos puntos:

a) Establecer los estándares de calidad y los límites máximos dentro de los cuales puedan afectarse los cuerpos receptores.
b) Imponer el tratamiento previo de los efluentes.
c) Exigir garantías para responder por eventuales daños y perjuicios.

Asimismo, la Ley Provincial 5.965 de protección a las fuentes de provisión y a los cursos y cuerpos receptores de agua y a la atmósfera, en su Artículo 2º, estipula:

Prohíbese a las reparticiones del Estado, entidades públicas y privadas y a los particulares, el envío de efluentes residuales sólidos, líquidos o gaseosos, de cualquier origen, a la atmósfera, a canalizaciones, acequias, arroyos, riachos, ríos y toda otra fuente, curso o cuerpo receptor de agua, superficial o subterráneo, que signifique una degradación o desmedro del aire o de las aguas de la provincia…

Y esto sin dejar de mencionar la Ley 11.723 Integral del Medio Ambiente bonaerense y nuestra propia Constitución Provincial.

Por todo lo planteado —se explicó desde Nuevo Ambiente—, los funcionarios provinciales estarían incumpliendo con su deber de Funcionario Público, no sólo por permitir que establecimientos privados sigan contaminando, sino también por ser el propio Estado el que también lo hace. Baste recordar el Artículo 6º de la Ley 11.723 cuando dice que:

El Estado Provincial y los municipios tienen la obligación de fiscalizar las acciones antrópicas que puedan producir un menoscabo al ambiente, siendo responsables de las acciones y de las omisiones en que incurran.

Es muy grave lo que está ocurriendo en relación al manejo y falta de control por parte de las autoridades, ya que, como se mencionó en varias oportunidades desde las ONGs, el arroyo El Gato desemboca en el Río Santiago, y éste, a su vez, a escasos 800 metros de la toma de agua que nos abastece de agua potable a todos nosotros. Por ello urge que las autoridades, de una vez por todas, inviertan en la infraestructura necesaria para evitar seguir contaminando este curso de agua considerado por muchos profesionales como el segundo Riachuelo.

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