Canal Oeste de Ensenada: Realizarà n Trabajos que ponen en riesgo al ambiente
Desde  Nuevo Ambiente se realizó una presentación ante el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) solicitando su urgente intervención ante trabajos que se  pretenden realizar en estas horas en el Canal Oeste de Ensenada para una supuesta limpieza y extracción de los juncos presentes en el lecho.
El canal Oeste no es un Canal cualquiera dado que posee en su lecho barros con alto contenido de hidrocarburos atento que desde muchos años se utilizó como canal de descarga de efluentes industriales, y en la actualidad en algunas oportunidades se puede observar presencia de hidrocarburo provocando un alto grado de contaminación y degradacion del Canal.
Al mismo tiempo en la actualidad se puede observar la presencia de una gran cantidad de vegetación acuática entre ellos juncos y en algunas oportunidades camalotes que permiten minimamente realizar un trabajo de remediación, y también colabora con la oxigenación del curso de agua.
Ante los trabajos que pretenden realizar, se puede producir un daño importante al ambiente en general, pudiéndose empeorar las condiciones ambientales actuales atento que la mÃnima remoción de los barros existentes, los metales pesados presentes en su lecho podrán dispersarse aguas abajo, desembocando en el RÃo Santiago, por ello los especialistas recomiendan no tocar los barros del canal, ya que se auto-degradará la contaminación con el pasar de los años.
Según denuncias recibidas por nuestra Organización y que luego se pudo comprobar la presencia de maquinarias, màs presisamente una maquinaria de grandes proporciones con almeja o balde de arrastre dependiente de la Dirección de Hidráulica de la Provincia de Buenos Aires, desconociendosé quien impartió la orden de los trabajos de limpieza.
En primera instancia debemos decir que los responsables debieron haber realizado los Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental como lo establece el artÃculo 10º de la Ley provincial 11723 cuando dice que :
…Todos los proyectos consistentes en la realización de obras o actividades que produzcan  o sean susceptibles de producir algún efecto negativo al ambiente de la provincia y/o sus Recursos Naturales, deberán obtener una declaración de Impacto Ambiental…».
Tampoco las autoridades pueden  dejar de atender lo establecido por el artÃculo 6 de la misma norma cuando dice:
… El Estado Provincial y los municipios tienen la obligación de fiscalizar las acciones antrópicas que puedan producir en menoscabo al ambiente, siendo responsables  de las acciones y de las omisiones en que incurran…«
Otro hecho que preocupa también tiene que ver que cuando comience los trabajos la grua con la almeja o balde de arrastre,  indefectiblemente removerá el fondo pero también arrastrará los barros y los extraerá, por lo que surge un interrogante importante:  ¿Qué tratamiento se le realizará a los barros al contener hidrocarburos? ya que estos barros no son inócuos y deben ser tomados como residuos Especiales peligrosos. Con relación a los metales que poseen los barros del Canal Oeste podemos recordar los estudios realizados por el CIMA de la UNLP en donde se detalla el cóctel de metales pesados que hay en el lugar.
Las autoridades responsables de los trabajos deben tener en cuenta el principio de responsabilidad establecido en la Ley Nacional 25675 donde dice que » el generador de los efcetos degradantes del ambiente, actuales o futuros, es responsable de los costos de las acciones preventivas y correctivas de recomposición, sin perjuicio de la vigencia de los sistemas de responsabilidad ambiental.
Por todo ello consideramos fundamental, que la autoridad de aplicación intime a la paralización de las obras que se pretenden realizar para evitar una mayor degradación a la actual, ya que se corre serio riesgo de provocar un perjuicio irreparable para el ambiente con consecuencias inimaginables que podrá afectar seriamente la calidad de vida .