Preocupación ante posible instalación de Antena Celular en Punta Lara
Desde Nuevo Ambiente expresamos nuestra preocupaciòn ante denuncias recibidas por vecinos de la zona afectada, sobre la intención de instalar una Antena de telefonía celular en el área Urbana de la Localidad de Punta Lara a la altura de la ex calle 29 .
Vecinos de la zona se pusieron en comunicación con nuestra Organización para manifestar su preocupación y elevaron la denuncia correspondiente ante esta situación, como así también los vecinos deseaban informarse sobre las regulaciones existentes en la materia, ya que no están de acuerdo con que se instale una antena de telefonía en esa zona urbana.
Recordamos que la instalación de antenas o monopostes de telefonía celular no está permitido dentro del ejido urbano del Partido de Ensenada, atento lo normatizado mediante la Ordenanza 2228, ya que este tipo de antenas provoca una contaminación electromagnética producida por el campo eléctrico y electromagnético como consecuencia de la multiplicidad de aparatos electricos y electrónicos que se rodean, son radiaciones invisibles pero detectables por medio de tecnología adecuada.
Existen multiples investigaciones científicas que advierten sobre las consecuencias negativas debido a la exposición de los campos electromagnéticos, entre esas consecuencias se pueden mencionar las cefaleas, insomnio, leusemia, alergias, alzheimer, etc., por ello ante los riesgos sanitarios que pudiera provocar su instalación, se realizarán las presentaciones correspondientes ante las autoridades municipales con el objeto de que fiscalice la situación y en caso de instalación , la misma se realice en una zona alejada a la urbana como lo establece la normativa vigente, también no se pueden pasar por alto otras normativas que emanan del ministerio de Salud de la Nación y Resoluciones de la ex Secretaria de Polìtica Ambiental de la Provincia.
Asimismo se deben realizar los trámites correspondientes para su construcción en las zonas adecuadas para tal fin dentro del Distrito, entre ellos, los responsables de la obra deben realizar los Estudios de Impacto Ambiental correspondientes como lo marca la ley Provincial 11723 y legislaciones Nacionales en materia ambiental.
Asimismo, más allá de las tramitaciones los responsables deben entender que en el lugar elegido no pueden realizar semejante obra y se deberán buscar otras alternativas para su instalación y que seguramente existen, ya que tampoco se puede dejar de tener en cuenta la contaminación visual que provoca en el medio de la zona urbana y los riesgos que implica para todos.
UN POCO DE HISTORIA
En el año 2000 atento de que una empresa lider de telefonía celular pretendía instalar una antena en pleno centro de la ciudad de Ensenada, sobre la calle Independencia, y ante la fuerte oposición vecinal sumada a los trastornos de que la misma traería para la zona, el Concejo Deliberante de ese Distrito ese mismo año decidió legislar en ese sentido y se sancionó la Ordenanza 2228 que limita la instalación de estas antenas fuera del egido urbano, debiendosé instalar la antena que había motivado el conflicto, en los terrenos de la agrupación La Montonera.
Asimsimo desde sectores vecinales y nuestra ONG se viene solicitando al municipio la erradicación de otras 2 antenas que fueron instaladas antes de la Ordenanza y que debieron ajustarse a la normativa, ya que tenían 1 año de plazo para modificar su ubicación, esas 2 antenas estna ubicadas en la calle Aristóbulo del Valle en pleno centro y en Cano. Rivadavia del Barrio Autonomía de la Localidad de El Dique.