Canal Este en Berisso víctima nuevamente de YPF y el silencio municipal
Durante la Jornada de ayer sábado integrantes de la ONG Nuevo Ambiente, ante denuncias recibidas, comprobaron la presencia de una importante cantidad de hidrocarburos (Petròleo crudo) en el Canal Este de Berisso, ubicado en Berisso que limita con la refinería YPF y la Avenida 60 o también llamada del Petróleo, .
Este hecho por supuesto que no es nuevo, sino todo por el contrario desafortunadamente es recurrente, ya que en reiteradas oportunidades se han remitido las denuncias correspondientes ante el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), tanto en forma escrita como telefónica vía el 0800, sumado a una auditoría ambiental presentada hace más de un año que no se tuvo respuesta.
Este hecho reiterativo se produce, como lo hemos advertido en otras oportunidades, por desperfectos, falta de inversión y/o negligencia por parte de la empresa, ya que por datos obtenidos extraoficialmente estos derrames se producirían por purgación de los tanques de petróleo crudo que se almacenan en la planta frente al canal Este.
El Canal Este desemboca en sector del Río Santiago por lo que a su vez desemboca al Río de La Plata cercano a la toma de agua, no se puede tolerar más – se advirtió – que nuestros canales sigan siendo utilizados para verter los residuos industriales como sucede en esta zona, el Organismo provincial debería realizar una minuciosa inspección en el sector del Canal Este frente a las instalaciones del Tiro Federal, ya que principalmente en ese lugar es donde por lo menos cada 30 días aparece la presencia del hidrocarburo.
Ante la ausencia de contralor permanente por parte del Estado, no podemos hacernos los distraídos como lo hacen algunos funcionarios que deben bregar por la defensa del ambiente, y este hecho se encuadra en incumplimientos de las Leyes Provinciales 11723 (Integral del Ambiente), 11720 (Residuos Especiales), 5965 (Protección a las Fuentes de provisión y a los cursos y cuerpos receptores de agua y a la atmósfera), y la Ley 12.257 (Código de aguas de la Provincia).
El Código de aguas es claro cuando dice en el ítem Protección y mejoramiento en su artículo 103 que:
…Se entiende por contaminación a los efectos de este Código, la acción y el efecto de introducir materias en cualquier estado físico o formas de energía, de modo directo, que puedan degradar, física, química o biológicamente al recurso hídrico o al medio ambiente ligado al mismo…”
Por todo ello se recurrirá en las pròximas horas nuevamente a la autoridad de contralor ambiental de nuestra Provincia, pero queda claro que los municipios no pueden hacerse los Distraídos ante estos hechos reiterados que provoca la empres involucrada en los derrames, más allá que siempre tratan de desmentir un hecho que compromete el recurso hídrico de la región y está a la vista de todos los que transitan diariamente la avenida 60.