Compromiso y ética ambiental en la Región Capital
La Plata, Berisso y Ensenada, Argentina

Convocatoria Asamblea Ordinaria

La Asociacion Nuevo Ambiente convoca a los asociados a la Asamblea Ordinaria que se desarrollará el día viernes 29 de abril del cte. año a las 19 horas en el partido de Ensenada, calle Brasil y Alem.
En la Asamblea podrán participar los asociados con sus cuotas al día. En caso de no conseguirse el quorum necesario en la hora convocada, se esperara una hora como lo estipula el estatuto de la Asociación para dar comienzo a la Asamblea.
Según lo establecido en la reunión de Comisión Directiva convocada a tal fin en el corriente año, el orden del día quedó establecido de la siguiente manera:
  1. Elección de 2 asociados para autoridades de la Asamblea.
  2. Consideración de la memoria período 2015.
  3. Consideración del Balance perído 2015.
  4. Elección y renovación de autoridades de Comisión Directiva y Revisores de Cuentas para período 2016/2018, según lo establece el estatuto.
  5. Fijar fecha para proxima asamblea de Comison Directiva.
                                                                Arq. Leandro Varela                Marcelo Martinez
                                                                        Presidente                             Secretario
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Berisso: Presentamos Proyecto Ordenanza para Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos

Autoelevador en la planta de la cooperativa Sol-Plat

Autoelevador en la planta de cooperativa recuperadores

Desde Nuevo Ambiente hemos  presentado nuevamente el Proyecto de Ordenanza de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) y regulación de empresas privadas de contenedores para residuos sólidos ante el Concejo Deliberante de Berisso a fin que sea tratado en los próximamente.

La iniciativa fue reiterada, ya que hace 2 años presentamos una similar que no tuvo el tratamiento en tiempo y forma en el Concejo, por ello seguimos sosteniendo  que tanto Berisso como Ensenada deben sumarse a la separación en origen de los residuos reciclables (bolsas verdes) y los no reciclables (bolsas negras), por beneficios ambientales, sociales y en el futuro economicos para los propios municipios ante la construcción futura de la planta de tratamiento de residuos, y avanzar en una gestión responsable y sustentable de los residuos que genera cada municipio.

 la Ley Provincial 13592 fija los procedimientos para la gestión de los RSU   de acuerdo con las normas establecidas en la Ley Nacional de Presupuestos Mínimos   25.916  de Protección Ambiental para la Gestión Integral de Residuos Domiciliarios, la mencionada normativa provincial en su artículo 66º  dice: ”… La gestión municipal, en el manejo de los residuos, implementará los mecanismos tendientes a: a) La minimización en su generación, b) La recuperación de materia y/o energía, c) La evaluación ambiental de la gestión sobre los mismos, d) La clasificación en la fuente, e) La evaluación de impacto ambiental, previa localización de sitios para disposición final…”; y en su artículo 4 describe los objetivos de la política ambiental en materia de residuos sólidos urbanos, de los cuales se destaca la incorporación de  la  separación en origen, la valorización, la reutilización y el reciclaje en la gestión integral por parte de todos los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, la Minimización en la generación de residuos, el Diseño e instrumentación de campañas de educación ambiental.

Estadísticamente Berisso generó y enterró en la Ceamse unas  23.093,9 Tn en el 2012, 25.057 Tn en el 2013 y 25.223 Tn en el 2014 estimándose como en el resto de la Región que cada habitante genera aproximadamente 900 grs. de Residuos Sólidos por día, a ello no se contabiliza gran cantidad de residuos sólidos que empresas privadas de contenedores no llevan al Ceamse y los arrojan en zonas del terraplén costero o humedales a fin de elevar terrenos para posterior venta lo que constituye un delito ambiental grave.

La iniciativa contempla entre sus puntos lo siguiente:

  • La separación y/o diferenciación de los R.S.U. se dispondrá mediante bolsas de distintos colores y/o sistemas de contenedores o cestos diferenciadores, debiendo el área municipal ambiental, determinar el método de seleccionar los residuos Secos/reciclables (BOLSAS VERDES) y Húmedos/ Orgánicos/No reciclables (BOLSAS NEGRAS).
  • El Departamento Ejecutivo deberá a partir del 2018 suplantar las bolsas de polietileno utilizadas para la separación de los residuos secos (verdes)  por bolsas biodegradables.
  • Queda prohibido, desde la publicación de la presente, la combustión y/o incineración de los Residuos, en cualquiera de sus formas, con o sin recuperación de energía.
  • El Departamento Ejecutivo deberá fomentar la participación en la Gestión Integral de los R.S.U., a los trabajadores no formales o recuperadores urbanos, mediante la formación de cooperativas. Estas cooperativas deberán cumplir con los requisitos de la Legislación Nacional y Provincial Vigente en la materia.
  • El Departamento Ejecutivo y el Concejo Deliberante, deberán implementar, una Gestión responsable de sus S.U., en las compras de insumos, priorizando la compra de artículos fabricados con material reciclado post-consumo, bienes de larga duración en reemplazo de los artículos descartables, y materiales que utilicen menos envases y embalajes.
  • Los comercios del ramo gastronómico como restaurantes, parrillas al paso, pizzerías, café/bares, cervecerías, puestos de comida rápida en paseos públicos/plazas, drugstores, entre otros, como así también los denominados barrios cerrados y/o country´s que se encuentran radicados en el Partido, a partir del año 2017, deberán implementar la separación en origen de los RSU que generan en sus locales o comercios y disponer las bolsas de Residuos Sólidos en contenedores diferenciadores (color verde y color negro).

Las empresas prestatarias de contenedores y/o Volquetes para servicio de depósito transitorio de Residuos Sólidos/áridos de construcción u demolición  como materiales inertes, entendiéndose a estos a los escombros, piedra, arena, metales (hierro-aluminio-cobre) y suelo, tambien estaran regulados en la propia ordenanza y deberán inscribirse obligatoriamente en un Registro Único Municipal de Contenedores/volquetes, Los contenedores/volquetes deberán permanecer un lapso que no supere las 48 horas de días hábiles en la calle,  deberán estar pintados en el borde superior con franjas a 45° de color blanco y rojo, poseer balizas refractarias con pintura fosforescente o banda adhesiva similar en los lados ángulos que se forman en los extremos superiores, y deberán tener inscripto  el nombre de la empresa prestataria, el número telefónico, número interno del contenedor/volquete, y número de habilitación municipal.

Creemos importante que Berisso pueda tener un programa y ordenanza de estas características que no difieren de las propuestas presentadas oportunamente en La plata, más aun cuando la característica del residuo y la cantidad per cápita no difiere mucho, en las próximas horas seguramente trataremos de mantener reuniones con todos los concejales de los distintos bloques, ya que aquí no debería existir diferencias partidarias porque se debe tomar la política ambiental como una cuestión de Estado sin distinción.

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Nueva deforestación en Bahía Los Perros de Ensenada

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imagen de nuevo ambiente de Bahia los perros tomada en 2015

Preocupa las nuevas tareas de deforestación que se desarrollaron este fin de semana, más precisamente el viernes de semana santa en el monte Ribereño conocido como Bahía los perros en Ensenada.

Esta nueva intervención se desarrolla en la zona ubicada entre las instalaciones del Astilleros Río Santiago, el Canal Oeste y el Canal Río Santiago, denominado “Bahía los Perros”,  siendo un área de aproximadamente 20 hectáreas en total, habiendo sido afectada unos 2 a 3 hectáreas.

Hablamos de nueva intervención, atento que hace unos 2 años desde nuevo ambiente   salimos a denunciar la deforestación que venía desarrollando el propio municipio ensenadense en ese sitio, en esta oportunidad hemos recibido 3 denuncias de vecinos de Ensenada quienes describieron los hechos, desconociendo los autores de las tareas.

Esta Tala incumple la Ley provincial 11723 (integral del ambiente), La Ley Nacional  de Presupuesto Mínimo de Bosques Nativos y la Ley Nacional 25675 (general del ambiente), por ello en las próxima horas se pedirá la intervención del Organismo provincial para el Desarrollo Sostenible.

No se puede dejar que sigan con estos tipos de trabajo, aunque la zona afectada sea mínima, en los últimos 5 años se han perdido más de 20 hectáreas de monte ribereño en la zona, significando un deterioro importante en el monte Ribereño y la degradación de la biodiversidad existente en esas zonas.

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