Día del Arbol, se solicita cumplimiento de la Ley Provincial Bonaerense
Al celebrarse el día del árbol en todo el país desde Nuevo Ambiente se realizarán presentaciones ante los municipios de La Plata, Ensenada y Berisso exigiendo el cumplimiento de la Ley provincial 12276 de arbolado público.
En principio cabe mencionar que el primer aniversario de festejo del día del árbol se llevó a cabo en el año 1901, luego de que el Consejo Nacional de Educación la estableciera el 29 de agosto de 1900. Desde el siglo XIX se promovió la actividad forestal, impulsado por Domingo F. Sarmiento.
Ante la situación de incumplimientos por parte de los gobiernos locales con relación a la ley Provincial de Arbolado publico es oportuno a los municipios recordarles algunos puntos de la mencionada legislación y es por ello que hacemos la presentación.
En principio desde Nuevo Amiente, mediante la presentación que realiza a lo municipios, se requiere que en las áreas de espacios verdes de los municipios se designen a cargo de la misma personal profesional e idóneo en la materia forestal, dado que la mencionada norma en su artículo 4 establece que “… Los municipios serán los brazos ejecutores de esta acción a través de un sector específico, el que estará dirigido por un ingeniero forestal o ingeniero agrónomo con incumbencia forestal. El mismo deberá ser elegido por concurso de antecedentes y seleccionado por un tribunal de profesionales actuantes en tales disciplinas…”
Asimismo también la Ley 12276 en su artículo 6 inciso c obliga a los municipios elaborar un plan regulador de arbolado público conforme con el espíritu que establece dicha norma, debiendo ser presentado ante el ministerio de Asuntos Agrarios, además de conformar una Comisión ad‑hoc dependiente del Honorable Concejo Deliberante que se denominará Consejo del Arbolado Público para colaborar con el organismo competente de la Municipalidad y prestar su apoyo a la difusión de conocimiento, concientización y todo lo que contribuya al desarrollo del Plan de Arbolado, según lo establece el artículo 9 de la mencionada norma.
Teniendo en cuenta la importancia que tiene el arbolado publico en nuestra región Capital ante la presencia del Polo petroquímico y su incidencia negativa en nuestra calidad del aire, sin desatender el rico Patrimonio forestal y distintos espacios verdes como plazas, parques, bosques y Montes, es sumamente importante que los municipios cumplan con la designación de personal idóneo y la conformación de un plan regulador, como así también que formen las comisiones para planificar, controlar los ejemplares existentes en cada distrito, sin que se realicen talas indiscriminadas como estas sucediendo en distintos puntos de la región sin ninguna justificación, o en los mejores de los casos podas que técnicamente son incorrectas.